dimecres, de febrer 04, 2009

Intervención en la Comisión de Justicia,sobre la revisión y denuncia de los acuerdos del Estado con la Santa Sede

“ Efectivamente hemos debatido esta misma proposición no de ley la legislatura pasada en términos idénticos, y la verdad es que es una lástima que el grupo proponente no haya aprovechado este gap en el tiempo para mejorar alguno de los planteamientos o incorporar algunas de las imperfecciones que, desde nuestro punto de vista, había y que señalamos en la anterior intervención. En cualquier caso el debate es pertinente. No creo que la crisis económica sea un pretexto para no debatir esto, y por la misma razón tampoco tendría sentido hablar sobre la proposición no de ley relativa a la creación de un laboratorio móvil para la isla de Ibiza, por ejemplo, proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, o con el mismo argumento tendríamos que cerrar todas las comisiones de este Parlamento y dejar simplemente abierta la Comisión de Economía. Este no es un argumento razonable ni sería bueno para nuestra democracia ni para el debate público ni para los intereses de los españoles.
Los acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede, como ustedes saben, constituyen un tratado internacional cuyo texto ha sido aprobado además por las Cortes Generales, y así lo ha señalado el Tribunal Constitucional en varias sentencias, cito la 187/1991. Este tratado internacional, estos acuerdos suponen, nada más y nada menos, que el desarrollo del mandato constitucional recogido en el artículo 16.3 de la Constitución española, en donde se dispone precisamente que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica -y la cita explícitamente- y las demás confesiones. Sobre la base de este artículo, pues, nuestro texto constitucional y por ende los acuerdos no suponen, desde nuestro punto de vista, una situación de privilegio con la religión católica, sino que se limitan a desarrollar este texto constitucional, y además responden a una realidad social. Es verdad que la realidad social es cambiante, pero desde nuestro punto de vista no es sustancialmente cambiante. Es decir, la realidad del 78, cuando se aprobó la Constitución, y la realidad del 2009 se siguen traduciendo en que mayoritariamente la sociedad española se declara católica. Los datos del CIS así nos lo indican, tengo los datos de abril de 2008, en que el 76,7 por ciento de la población se declara católica, por ejemplo; el 20 por ciento se declara no creyente, el 1,6 creyente de otra religión, y el 1,7 no contesta. Por tanto, estamos hablando de porcentajes en cualquier caso elevados: 76,7 por ciento.
Me gustaría señalar también algo que no podemos olvidar, que también señala el artículo 16.3 de la Constitución, que es la necesaria cooperación que el Estado tiene que establecer con todas las confesiones, haciendo mención especial, como ya he dicho, a la religión católica. Esto viene amparado también por varias sentencias del Tribunal Constitucional, y me gustaría citar, por todas ellas, la sentencia 48/2001. Así, por tanto, el acuerdo constituido mediante este tratado internacional con la Santa Sede se desprende directamente de este artículo 16.3, y lo mismo pasa con los otros acuerdos firmados por el Estado con otras confesiones religiosas: la evangélica, la judía y la islámica.
Respecto a la cuestión educativa, al sistema educativo, señor Llamazares, creo que no hay una situación de privilegio en ningún caso de la Iglesia católica en el sistema educativo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece el carácter voluntario para los alumnos de tomar clases de religión católica o no tomarlas, y así lo prevé también el Real Decreto 1630/2006, que desarrolla esta ley, en el que se reitera el carácter voluntario de la enseñanza religiosa, tanto la católica como el resto de religiones con las que el Estado español ha llegado a acuerdos de cooperación.
Con relación al segundo punto de la proposición no de ley se pide la reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, aprobada en 1980, aduciendo un supuesto trato diferencial a la jerarquía católica en la misma. Efectivamente este Gobierno, por boca de su vicepresidenta, doña María Teresa Fernández de la Vega, ya ha anunciado la voluntad durante esta legislatura de modificar esta Ley Orgánica de Libertad Religiosa, por tanto ese será el trámite pertinente para presentar aquellas enmiendas que su grupo parlamentario considere oportunas para mejorar, desde su punto de vista, lo que contemple esta ley orgánica. Señor Nasarre, no se trata de reconocer nuevos derechos en la modificación de la ley orgánica, se trata de adaptar una ley aprobada en el año 80; han pasado muchos años y por tanto nos parece adecuado profundizar, por ejemplo, en la confesionalidad del Estado o en regular cosas que no constan en esta ley, por ejemplo la libertad de conciencia de aquellos que no son creyentes.Son lagunas evidentes que existen en la legislación actual que nos llevan a pensar que sería bueno perfeccionarla. En cualquier caso, no he encontrado en el articulado actual de la ley ningún precepto en el que se vislumbre un trato diferencial a la Iglesia católica. Es más, en su artículo 1.3 se dispone que ninguna confesión tendrá carácter estatal, y en su artículo 7 se recoge la posibilidad de la firma de acuerdos entre el Estado español y las distintas confesiones religiosas que hayan alcanzado un arraigo notorio en la sociedad española. Por tanto, no sé a qué se refiere el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida cuando habla de privilegios de esta ley.
El tercer punto pide la reforma de la Ley de Asociaciones, con el fin de que en su ámbito de aplicación la Iglesia católica no reciba, de nuevo, ningún privilegio respecto a otras confesiones religiosas. Aquí quiero señalar otra vez exactamente lo mismo. Leyendo el articulado de esta ley, no veo ninguna mención especial a la Iglesia católica y por tanto tampoco veo ningún privilegio explícito. En conclusión, creo que no hay privilegios objetivos en la legislación vigente; la regulación actual simplemente responde a una realidad social y a un reconocimiento constitucional expreso. En todo caso, no hay desatención de las otras confesiones religiosas, cosa que también me parece importante destacar en este momento. Además, a lo largo de estos años los acuerdos con la Santa Sede se han ido modulando, se han ido revisando, que es un poco lo que usted pide, y por tanto no han sido en absoluto estáticos. Saben que el Grupo Socialista no está ni ha estado cerrado a pensar cómo mejorar su regulación para que esta se adapte con más precisión a la realidad cambiante de nuestro país. En este sentido se han hecho avances significativos precisamente en la dirección que ustedes apuntan.Simplemente pensamos que hay que acertar en la oportunidad del cómo y del cuándo, y en eso parece que es en lo que a veces no coincidimos.
Ha hablado en su intervención, señor Llamazares -y con esto acabo-, de la ética civil. Creo que ningún Gobierno ha hecho más que este Gobierno socialista por la construcción de una ética pública. Este ha sido sin duda uno de los horizontes que ha marcado las iniciativas legislativas en la anterior legislatura, y que va a continuar marcando las de esta IX Legislatura. De forma paradigmática quiero destacar precisamente otro tema que ha salido en el debate, que es la previsión de la asignatura de educación para la ciudadanía. Eso es construcción de ética pública en positivo, y este Gobierno va a seguir trabajando en esa dirección”.