dimecres, de novembre 10, 2010

ESTATUTO AVANZADO MARRUECOS-UNIÓN EUROPEA. Fundació Campalans, 5 de noviembre de 2010.




El Estatuto Avanzado que nace en octubre de 2008 es el embrión programático de un nuevo marco jurídico e institucional entre la UE y Marruecos, un instrumento para contribuir a la profundización de las relaciones entre ambos, sin convertirse en miembro propiamente de la UE.

El EA es un objetivo político a alcanzar, formulado como una declaración de voluntad, de intenciones de ambas partes de conseguir esos objetivos, pero carente de valor jurídico.

En esta dirección hay tres planos que quería destacara como introducción porque creo que nos interesan especialmente:

1. Papel de España como actor promotor de esta iniciativa en el seno de la UE:

España tiene el reto de consolidar ante la UE, pero muy especialmente ante Marruecos su papel de puente. Está claro que España tiene un interés especial por la cooperación en materia de seguridad y el control de flujos migratorios, debido, sobre todo, a la presión sobre las fronteras de Ceuta y Melilla. Aún así, los intereses comerciales y económicos en general también tienen un papel protagonista, así como el interés por el desarrollo de este país.

En este sentido, cabe destacar la Cumbre en Granada los días 6 y 7 de marzo de 2010 durante la presidencia española de la UE. Esta fue la primera cumbre con un país del sur del Mediterráneo y el primer país árabe que tiene una cumbre con la UE. Fue una magnífica ocasión para subrayar el compromiso de la UE a favor de la cooperación multilateral, encarnada hoy por la Unión por el Mediterráneo.

En esta cumbre se trataron muchos temas, (¿quizás demasiados?) principalmente enmarcados en los ejes de la democratización y el buen gobierno económico, la modernización y la cohesión social de Marruecos, así como el abordar los grandes desafíos globales, en los que inevitablemente, si queremos resultados, habrá que trabajar conjuntamente: el cambio climático, la crisis económica y financiera o las migraciones, por citar algunos aspectos.

Cabe destacar también que en paralelo se celebró la primera Cumbre Empresarial UE-Marruecos, auspiciada por el Ministerio de Exteriores, la Junta de Andalucía, Casa Árabe, al Confederación de empresarios de Andalucía y la Confederación General de empresarios de Marruecos.

Por tanto, España tiene que asumir la responsabilidad y el peso del impulso de este EA en el marco de la UE.


2. El estatuto avanzado supone un referente que puede ser interesante para otros países del sur y del este del Mediterráneo.

El éxito del estatuto avanzado sin duda provocará que otros estados vean con buenos ojos estrechar sus relaciones con la UE alcanzando una mayor integración y esa es una excelente oportunidad para que la UE consiga que estos estados lleven a cabo reformas institucionales y políticas más ambiciosas, donde la construcción de un Estado de Derecho y la protección de los DDHH deben estar en el frontispicio.

También es cierto que este trato diferenciado y “privilegiado” con Marruecos puede tener una lectura negativa por parte de los otros países del Magreb. ¿Cómo hay que trabajar para que surja una competición positiva entre ellos y no negativa, que acabe debilitando la Unión del Magreb Árabe?

3. Y en tercer lugar, lo más importante, es fundamental el Impacto interno que puede tener para la vida política y económica de Marruecos que puede también beneficiarse, al fin y al cabo, de la política de cohesión de la UE.

Ello ha de concretarse en acciones y avances determinados.


EL CAMINO HECHO

He hablado de la Cumbre celebrada en Granada el pasado mes de marzo, pero esta cumbre supone un paso más de un proceso de acercamiento entre Marruecos y la UE que viene de lejos. Por destacar los principales (no únicos) logros alcanzados:

1960 inicio de las relaciones diplomáticas entre CEE y Marruecos
1969 acuerdo comercial
1976 primer acuerdo de cooperación
1996 acuerdo de asociación, en vigor desde el 1 de marzo de 2000
2005-2010 Plan de acción de la política europea de vecindad que engarza y se refuerza con la Unión para el Mediterráneo. Este año justamente hay que renovar este Plan de Acción de Vecindad y es una oportunidad para establecer buenas bases en todos los sentidos para avanzar en la buena dirección.


CENTRARNOS EN EL FUTURO

Estamos en la mesa redonda que se va a ocupar de abordar las implicaciones económicas que para Marruecos tiene, ha tenido y sobre todo, puede tener el estatuto avanzado. Sin duda, esta dimensión económico-financiera y social es la de mayor calado.

En el capítulo económico financiero se establecen que las acciones conjuntas se centrarán en 4 ejes:

1. la adaptación de la legislación marroquí a las normas europeas (al acervo comunitario)
2.realizar un Acuerdo de libre cambio global y profundo, en el sentido que ya he apuntado
3.establecer una cooperación económica y social fluida
4.la Adhesión de Marruecos a las redes e infraestructuras transeuropeas de transporte y la cooperación sectorial en áreas como la energía, las tecnologías de la información y la comunicación, la agricultura, la pesca, las minas, el medio ambiente o el agua.

(1) Con la adaptación de la legislación marroquí a las normas europeas se pretende facilitar la integración de Marruecos en el mercado interior de la Unión. Además, se considera que contribuirá a estimular las reformas estructurales, el crecimiento económico y al mismo tiempo reducirá la pobreza y desarrollará la cohesión social y el empleo. Constituye pues un objetivo ambicioso que se desarrollará incorporando progresivamente el acervo comunitario a través de un mecanismo conjunto que sistematizará el encaje legislativo en todos los sectores.

(2) Un Acuerdo de Libre Comercio permitirá la libre circulación de mercancías, servicios y la presencia temporal de personas físicas con fines profesionales.

Las negociaciones actuales se centran en la liberalización del comercio de servicios y productos agrícolas, así como el derecho de establecimiento.

NOTA: tengamos en cuneta que los propios EEMM de la UE han tardado años en aprobar la directiva de servicios y a duras penas los 27 hemos realizado la transposición de esta directiva. En España se hizo principalmente a través de dos leyes conocidas como; la ley paraguas (donde se establecían los principios generales) y la ley ómnibus (de modificación de más de 40 leyes sectoriales)

En relación al futuro inmediato, las nuevas negociaciones se desarrollarán considerando las sensibilidades de los sectores económicos afectados e incluirán el intercambio de productos industriales, movimientos de capitales y patentes, medidas sanitarias y fitosanitarias, derechos de propiedad intelectual, protección del consumidor y aspectos medioambientales, entre otros.

(3) En el eje de la cooperación económica y social, se ha sugerido un grupo de trabajo compuesto por representantes de la patronal y emprendedores de la UE y Marruecos que ayude a detectar cualquier obstáculo. Se establece trabajar además en la normalización y reglamentación técnica y en la propiedad industrial. La intención de las medidas de este eje se orientan a facilitar las inversiones (para lo que la seguridad jurídica será primordial).

También se ha abierto un diálogo sobre empleo, trabajo y asuntos sociales que contempla la igualdad de géneros, adaptación de cualificaciones o el trabajo infantil.

(4) El último eje de actuación es la adhesión de Marruecos a las redes e infraestructuras transeuropeas de transporte y la cooperación sectorial en áreas como la energía, las tecnologías de la información y la comunicación, la agricultura, la pesca, las minas, el medio ambiente o el agua.

Como iniciativas más relevantes, se ha confirmado la voluntad de ambas partes de cooperar para mejorar las conexiones por todos los medios de transporte otorgando a Marruecos un estatus que les permita tomar parte en las decisiones y aproximando las reglamentaciones. Por ejemplo, el “Cielo Único”, las “Autopistas del Mar” o la posibilidad de construir una vía de alta velocidad sobre el estrecho de Gibraltar. También hay compromisos para reforzar la perspectiva medioambiental en las leyes marroquíes, la preservación de la calidad del agua, o la modernización de su agricultura en tanto que emplea a un 40% de la población activa.

Habiendo apuntado someramente las previsiones del EA en materia económica querría lanzar algunas preguntas para el debate.


ALGUNAS PREGUNTAS QUE TODAVÍA NO TIENEN RESPUESTA

¿Todos estos avances en materia económica serán sostenibles en el tiempo sin una auténtica democracia en Marruecos?

Lo digo porque el EA no incluye ningún tipo de condicionalidad democrática ni sobre la cuestión del Sáhara Occidental. De esta manera, se ha perdido la posibilidad de ejercer presión y exigir reformas a cambio de la concesión de un estatuto diferenciado en comparación con todo el Magreb y de recibir financiación. ¿Se trata realmente de una ocasión perdida o creen que el crecimiento y desarrollo de la sociedad y la economía alauí ejercerán por si solos de palanca de cambio hacia la democratización?

A pesar de los avances registrados en inversiones extranjeras, la inseguridad jurídica y la corrupción siguen siendo obstáculos importantes. Por ejemplo, Marruecos descendió 9 puestos en el índice de percepción de la Corrupción 2009 (puesto 89ª). ¿Los escollos de la inseguridad jurídica y de la corrupción pueden acabar debilitando este trayecto iniciado?

Más allá de los discursos es patente que la UE ha tratado los países del norte de África por separado y de manera diferenciada, nunca a nivel regional a través de la Unión del Magreb Árabe (UMA). ¿Creen que el modelo aplicado con Marruecos se convertirá en un modelo a imitar en el norte de África, es decir que generará una competencia beneficiosa entre países, o se tratará de una competición negativa contraria a la revitalización del UMA?

Una generalización de relaciones especiales ¿Desincentivará las reformas en regímenes inmovilistas? ¿Las políticas multilaterales continuarán teniendo sentido? ¿Cómo conjugaremos todas estas acciones que funcionan en paralelo?