dimecres, de novembre 05, 2008

Intervención en la Comisión de Presupuestos del día 4 de noviembre de 2008

“Mi intervención se va a centrar en el contenido del título III de este proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado y haré referencia a los gastos de personal. Quiero centrar mi intervención en tres aspectos. En primer lugar, el incremento salarial para los funcionarios; en segundo lugar, la congelación de los sueldos de los altos cargos y en tercer lugar, la oferta de empleo público. El Grupo Socialista cree que en los tres aspectos que he señalado los Presupuestos Generales del Estado presentan seriedad, rigor y responsabilidad ante la situación económica coyuntural que estamos viviendo y, también, austeridad. Curiosamente las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios que están tan preocupados por la situación de crisis no hacen más que intentar incrementar los gastos de estos presupuestos. En relación con el incremento de los sueldos de los funcionarios se prevé, en principio, del 2 por ciento junto a un aumento del 1 por ciento en relación con las retribuciones complementarias en términos de masa salarial -cosa que consigue que este año se acabe con la equiparación de las catorce pagas- y un 0,5 por ciento para financiar aportaciones a planes de pensiones de empleo. Por tanto, en realidad estamos hablando no de un 2 por ciento, sino de un 3,5 por ciento. Los funcionarios no pagan la crisis económica, como decía el portavoz de Esquerra Republicana.Estos incrementos salariales han sido negociados con los sindicatos, y hemos llegado a acuerdos con ellos en la mesa general de negociación de las administraciones públicas de 25 de septiembre de 2006, cosa que fue ratificada por la mesa general de negociación de 16 de septiembre de 2008. Este incremento es una medida con carácter básico y a ello haré referencia seguidamente En el contexto actual las administraciones públicas tienen que tener presente la repercusión de las cláusulas de revisión salarial sobre otras variables económicas, como la inflación o el desempleo. La revisión salarial debe vincularse fundamentalmente a la evolución de la productividad, lo que en el sector público tiene que traducirse en la mejora de los servicios que se prestan a los ciudadanos.Por ello, no nos parecen procedentes las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds 2066, 2067, 2068, 2069 y 2070.
En relación con el carácter básico de esta medida, reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional han puesto en evidencia que el artículo 149.1.13.ª de la Constitución sirve de título competencial para que el Estado pueda regular sobre esta materia basándose en las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica.Quiero señalar especialmente la sentencia del Tribunal Constitucional 171/1996, así como la sentencia 63/1986, que señala que imponer los topes a la retribuciones de los funcionarios es una medida económica general de carácter presupuestario dirigida a contener la expansión de uno de los componentes esenciales del gasto público. Además, la sentencia 237/1992, también del Tribunal Constitucional, añade que ayuda a la estabilidad económica y a la gradual recuperación del equilibrio presupuestario. Por estos motivos no podemos aceptar las enmiendas que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) 2563, 2564 y 2565, prácticamente todas las que ha presentado a este título III. Le recuerdo al portavoz de Convergència i Unió que las comunidades autónomas no están constreñidas al 2 por ciento, como decía al inicio de mi intervención, sino que también pueden añadir los complementos previstos del 1 por ciento y del 0,5 por ciento sobre aportaciones a planes de pensiones de empleo.
Respecto a la congelación de los sueldos de los altos cargos, mi grupo parlamentario valora muy positivamente esta medida porque supone un esfuerzo de austeridad y muestra la coherencia y el compromiso del Gobierno con la situación coyuntural de crisis económica. Además de esta austeridad y de esta coherencia, es una manera de dar ejemplo, cosa fundamental siempre pero especialmente en esta coyuntura en la que estamos, ya que este tipo de medidas ejemplarizantes contribuyen a paliar la desafección potencial que la ciudadanía puede sentir en relación con la política. Algunas de las enmiendas presentadas a este punto caen en algún aspecto demagógico, como puede ser la número 121 presentada por el Grupo Parlamentario Popular, ya que proponen eliminar el criterio de la productividad que nos parece positivo a la hora de realizar un servicio público.
En relación con la oferta de empleo público, quiero empezar diciendo que la previsión en estos Presupuestos Generales del Estado para 2009 es una medida de contención del gasto público, ya que la tasa de reposición de empleo en las administraciones públicas será, como máximo, del 30 por ciento, lo que quiere decir que efectivamente dejarán de convocarse al menos un 70 por ciento de las plazas que queden vacantes. Sin embargo, esta medida de contención del crecimiento del empleo público se conjuga con el necesario mantenimiento de algunas políticas esenciales y prioritarias para los ciudadanos. La limitación de la tasa de reposición, por tanto, no se aplica a determinados sectores: al personal de la justicia, al de la educación, al personal sanitario, al personal de la Inspección de Trabajo, al de los servicios públicos de empleo y al personal de Instituciones Penitenciarias.
El Grupo Socialista, en esta misma dirección, ha presentado una enmienda que amplíe, en cierto modo, algunos de los casos de excepción a esta limitación del 30 por ciento de tasa de reposición. Esta enmienda número 67 propone aplicar una tasa de reposición del cien por cien también a servicios de prevención y extinción de incendios y a efectivos para municipios de menos de 50.000 habitantes. Asimismo, esta enmienda número 67 pretende concentrar la tasa de reposición del 30 por ciento en aquellos sectores que ofrezcan servicios públicos esenciales, en especial los destinados a desarrollar la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, porque este es un elemento fundamental para nuestro grupo parlamentario. Por cierto, el señor Merino dice que el Estado no hace ningún esfuerzo y que no ha puesto dinero precisamente para desarrollar esta ley, peor sabe S.S. que no es cierto; en el año 2008 hubo un incremento del 26 por ciento y en 2009, con la crisis económica que hay, con el esfuerzo de austeridad que está llevando a cabo este Gobierno, ha habido un incremento del 33 por ciento. Me parece que es muestra suficiente como para que sus palabras no se ajusten para nada a la realidad. Esta enmienda 67 mantiene un buen equilibrio entre la necesidad indiscutible de contención del gasto público y el ofrecer en todo momento los servicios que los ciudadanos más reclaman por ser los más esenciales; sin duda, en este caso está el despliegue, el desarrollo de la Ley de Dependencia. Las enmiendas 114, 115 y 116 del Partido Popular, la 1628 de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa Per Catalunya Verds, y las enmiendas 1258 y 1259, de Coalición Canaria, van en esta misma dirección, por lo que pediría a estos grupos parlamentarios que apoyaran nuestra enmienda, ya que de alguna manera subsume lo que proponen en sus iniciativas".